martes, 15 de marzo de 2016

NUEVA SENTENCIA SOBRE ACCIONES DE BANKIA: LA SECCIÓN 9ª DESESTIMA EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR BANKIA


"Dos viejos comiendo sopa" - Francisco Goya y Lucientes
La Sección 9ª de la Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado el Recurso de Apelación interpuesto por Bankia, confirmando la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 20 de Valencia, que condena a la entidad demandada Bankia a la devolución del dinero depositado en la suscripción de acciones de Bankia en su salida a bolsa, más los intereses legales desde la fecha de suscripción y al pago de las costas procesales.

En la sentencia se hace referencia al criterio mantenido por la Audiencia Provincial de Valencia y también por el Tribunal Supremo, en aras a desestimar la cuestión de prejudicialidad penal que viene alegando Bankia, y concluye:  

“El informe pericial del Sr. Manso ya ha sido analizado por esta Sala en varias resoluciones – dado que su contenido es idéntico- alegando que el mismoviene a señalar, que no acreditar, que los ajustes que determinaron la reformulación de las cuentas del ejercicio 2011 (y su resultado con tales copiosas pérdidas) se debieron a la publicación de nuevas disposiciones legales y deterioro de la situación económica mundial y de los riesgos inmobiliarios.
(…) 

la alegación de que el folleto contemplaba los riesgos que conllevaba la suscripción de la acción posible intervención del Frob que es el acontecido, resulta de todo punto irrelevante porque ello no es el objeto del procedimiento, (como bien y certeramente apunta la sentencia recurrida) en cuanto hecho sustentador de la acción de nulidad, sino la realidad de la información relevante. El alegato de cumplir con el test de conveniencia para justificar que el producto era conveniente a la actora es igualmente irrelevante dado que estamos ante un producto no complejo excluido de tal práctica por mor del artículo 79 bis-8 de la Ley de Mercado de Valores”.

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